Una de las grandes preocupaciones de las familias que han trabajado para la construcciĆ³n de un patrimonio, radica en la debida gestiĆ³n de Ć©ste, su crecimiento, la transferencia a la siguiente generaciĆ³n, la protecciĆ³n de sus activos, la eficiencia fiscal, la continuaciĆ³n de su negocio, la armonĆa familiar, entre otros.

La anterior, no corresponde a una preocupaciĆ³n menor, sino por el contrario a un asunto de gran trascendencia cuando se piensa en el papel crucial que desempeƱan los patrimonios econĆ³micos familiares en la generaciĆ³n de riqueza y empleo en la sociedad, por lo que deben ser Ć©stos objeto de una idĆ³nea planeaciĆ³n familiar y empresarial, tanto para la generaciĆ³n presente como futura.
A estos efectos, el ordenamiento jurĆdico contiene un conjunto de instrumentos jurĆdicos Ćŗtiles a los objetivos de sostenibilidad del patrimonio econĆ³mico, su preservaciĆ³n y desarrollo, el establecimiento de las relaciones entre la familia y la extensiĆ³n de beneficios a las siguientes generaciones. No obstante, su elecciĆ³n corresponderĆ” a un estudio juicioso de los casos concretos, en los que se analizarĆ”n los riesgos potenciales y los beneficios que reportarĆa una estructuraciĆ³n del patrimonio particular, un traje a la medida de las necesidades.
AsĆ, se hace imprescindible un diagnĆ³stico del patrimonio econĆ³mico familiar en aras de la identificaciĆ³n de los principales riesgos derivados de la estructura y composiciĆ³n de Ć©ste, la proposiciĆ³n de soluciones eficientes tendientes a minimizar los riesgos identificados y la organizaciĆ³n del patrimonio, esto, en bĆŗsqueda de la eficiencia fiscal, la planeaciĆ³n sucesoral, la seguridad de los gestores y de su familia, el control y gobernabilidad del patrimonio en cabeza de los gestores y la precautelaciĆ³n patrimonial.
GIRALDO ANGEL ASOCIADOS