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Presentación virtual de impuesto de industria y comercio en Bogota

BOLETIN JURIDICO – AREA DE ENFASIS TRIBURARIO – AGOSTO 2018


El 30 de enero de 2018, se profirió por parte del Distrito la Resolución 1381 por medio de la cual estableció la obligación de presentar las declaraciones en Bogotá por medio virtual a partir del 1 de septiembre de 2018.


Esta obligación aplica para toda clase de contribuyentes, en este sentido la norma estipula:

“A partir del 1 de septiembre de 2018, todas las declaraciones que por concepto de Impuesto de Industria y Comercio y declaración de retención del impuesto de industria y comercio, avisos y tableros; y sobretasa a la gasolina; deberán ser presentadas a través de las herramientas virtuales en la página de internet de la entidad www.shd.gov.co (http://www.shd.gov.co/), de acuerdo con los plazos establecidos para tal fin, así como en las aplicaciones móviles dispuestas por la entidad para el cumplimiento de estas obligaciones, sin que exista la posibilidad de utilizar los mecanismos presenciales para la declaración mencionada. No obstante lo anterior, en el caso del Impuesto de Industria y Comercio y declaración de retención del impuesto de industria y comercio, avisos y tableros; y sobretasa a la gasolina, la obligación de pago del impuesto y /o de la retención en la fuente puede hacerse por medios virtuales o presenciales.” (subraya nuestra).


Debe entenderse entonces que la declaración de ICA, retención de ICA y sobretasa a la gasolina cuyo vencimiento sea en septiembre próximo tendrán que presentarse electrónicamente en Bogota.


La consecuencia de no cumplir con este requerimiento será que las declaraciones se tengan como no presentadas.


La obligación de virtualidad por ahora quedo establecida únicamente para la presentación de las declaraciones, por tanto puede realizarse el pago por medio virtual o en papel.

Adjuntamos el comunicado publicado por el Distrito.


A partir del 1 de septiembre cambiará la forma de presentar sus Impuestos de Industria y Comercio Avisos y Tableros, Retención de Industria y Comercio y Sobretasa a la Gasolina.

A través de la resolución No DDI 0001381 la Secretaria Distrital de Hacienda, estableció el mecanismo virtual de la declaración y pago de sus impuestos como mecanismo principal para la presentación y/o pago de estos.


Conozca cómo presentar sus declaraciones y/o pago de sus impuestos electrónicamente.


1. Inscripción en la Oficina Virtual: Para la debida presentación y/o pago de sus impuestos, es necesario autenticar a la Sociedad (Sujeto pasivo del Impuesto) al Representante Legal y Revisor Fiscal o Contador si son obligados.


Para más información ingrese al Instructivo de registro y autenticación a través del link



2. Una vez registrados y autenticados siga los siguientes pasos


a. Genere sus declaraciones a través del liquidador dispuesto en la Oficina Virtual.


b. Seleccione la declaración presentada y asigne el ROL con el que hará el ingreso para la incorporación de las firmas correspondientes (Representante Legal, Revisor Fiscal) ingrese número de identificación y contraseña de acceso a la oficina virtual.


c. Pagar impuesto: Para generar el pago a través de PSE seleccione la declaración a presentar y siga las instrucciones de pago en la plataforma.


Para más información ingrese al Instructivo de registro y autenticación a través del Link



Recuerde que, en el caso del Impuesto de Industria y Comercio y declaración de retención del impuesto de industria y comercio, avisos y tableros; y sobretasa a la gasolina, la obligación de pago del impuesto y/o de la retención en la fuente puede hacerse por medios virtuales o presenciales.


Si su sociedad es nueva y aun no se encuentra registrada en el Registro de Información Tributaria RIT deberá realizarla en los puntos de atención presenciales dispuestos para tal fin.

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